¡Ahora en San Pablo obtén tu CITT digital al instante!

Evita trámites, filas y traslados.
Accede aquí a toda la información sobre nuestro convenio con EsSalud.

Clínicas con el convenio activo

Se encuentran habilitadas para emitir el CITT Digital:

Busca a tu médico

En cada sede puedes consultar la lista actualizada de médicos y especialidades habilitadas.
Nuestras clínicas están implementando por fases el convenio CITT Digital, por lo que los médicos se irán integrando gradualmente.
Agradecemos tu comprensión durante este proceso de mejora.

Preguntas frecuentes

¿Cuáles son los beneficios de obtener el CITT en nuestras clínicas?

Recibir el Certificado de Incapacidad Temporal de Trabajo (CITT) de manera inmediata, evitará que el paciente realice el trámite tradicional (acercarse a las oficinas de CEVIT EsSalud, involucrando tiempos en el traslado y en la espera de respuesta al trámite).

¿A qué pacientes se les emite el CITT?

A todos los asegurados titulares de EsSalud. Nuestros especialistas tendrán como único medio de validación, el DNI del paciente.

Datos sobre el CITT

Los campos que incluyen el formato de CITT son otorgados por EsSalud, por lo que, ante alguna observación de información o requerimiento adicional el asegurado o empleador debe dirigirse a las oficinas de CEVIT.

Nuestro convenio comprende la emisión de CITT mediante nuestros especialistas, no realizamos trámites o gestiones adicionales.

Las emisiones son:

  • Durante la atención médica presencial.
  • A solicitud del paciente.
  • De acuerdo al criterio médico.

¿Qué especialistas pueden emitir el CITT?

Según la Directiva de Gerencia General N° 015-GG-ESSALUD-2014 «Normas y procedimientos para la emisión, registro y control de las certificaciones médicas por incapacidad y maternidad EsSalud» indica que los profesionales autorizados para emitir CITT son:

  • Médicos especialistas: solo patologías inherentes a su especialidad y de acuerdo al nivel de complejidad.
  • Médicos cirujanos.
  • Cirujanos dentistas: solo patologías inherentes a su profesión.
  • Obstetrices: solo para efectos de CITT de maternidad.

**No incluyen médicos de apoyo al diagnóstico.

¿Puedo solicitar el CITT después de la consulta o corregir errores en él?

  • Sí, el paciente puede solicitar  el CITT dentro del día en el cual se llevó la atención médica. Es importante tener en cuenta que, esto dependerá de la disponibilidad y presencia del médico ante la solicitud y reporte del paciente.
  • Previo a la emisión del CITT el paciente debe revisar el contenido de la información del certificado (antes del término de la atención médica presencial), ya que cualquier solicitud de anulación por error de digitación, debe ser reportado en la misma fecha de emisión (el mismo día). Posterior a ello, el paciente deberá tramitarlo de manera personal con EsSalud.

Los CITT se emiten con la fecha actual de la cita médica presencial, no se pueden emitir CITT con fechas pasadas (no son retroactivos).

¿A dónde acudir para gestiones o trámites adicionales?

Los campos que incluyen el formato de CITT son otorgados por EsSalud, por lo que ante ninguna observación de información o requerimiento adicional el asegurado o empleador debe dirigirse a las oficinas de CEVIT.

Nuestro convenio comprende la emisión de CITT mediante nuestros especialistas, no realizamos trámites o gestiones adicionales.

Conoce más sobre los accesos actuales para que nuestros pacientes reciban y/o visualicen el CITT:

https://miconsulta.essalud.gob.pe
https://viva.essalud.gob.pe/viva/login
https://apps.essalud.gob.pe/citt#/consulta